Controles de carretera con tacógrafo digital
En los controles rutinarios de los agentes de tráfico se inspeccionan los datos de tacógrafo del vehículo. Antes de la implantación del tacógrafo digital era necesario llevar a bordo los discos diagrama de la semana en curso más el último día de la semana anterior. Esta exigencia se aumentó a los 15 días anteriores y está previsto que se fije en 28 días a partir de enero de 2008. Con la llegada del tacógrafo digital la inspección es automática y la realizarán los agentes descargando los datos del tacógrafo a un dispositivo portátil o imprimiendo un informe, utilizando para ello una tarjeta de control.
En el caso del tacógrafo digital es automática la detección de infracciones, ya sean de exceso de velocidad o incumplimiento de la normativa de conducción y descanso. Además los datos analizados pueden corresponder al periodo de los tres meses anteriores a la fecha del control.
El tacógrafo guardará los datos del control, incluyendo detalles del mismo como la fecha y hora, los datos descargados y el número de tarjeta utilizada para el control.
Aunque la mayor parte de los controles de tacógrafo los realizan agentes de la Guardia Civil, también los inspectoresdel Ministerio de Fomento y las comunidades autónomas dispondran de estas tarjetas de control.
Esto es independiente del requerimiento que puedan hacer los organismos competentes solicitando el envío de los datos del tacógrafo relativos a un cierto periodo, que tenemos la obligación de conservar durante al menos 365 días y se deberán enviar por correo electrónico, en CD o en un dispositivo de memoria USB.